SBS publicó en el El Peruano procedimiento para retirar S/2000 de las AFP

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) publicó hoy la Circular Nº AFP-172-2020, que establece el procedimiento operativo para el retiro extraordinario de los fondos de pensiones dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 034-2020.
En la circular, publicada por la SBS en el Diario Oficial El Peruano, que entrará en vigencia desde el viernes 3 de abril, se detalla que los afiliados cuyo fondo al 31 de marzo del 2020 no registren aportes entre setiembre del 2019 y febrero del 2020 podrán disponer de hasta 2,000 soles.
Para ello, los afiliados deberán ingresar su solicitud de retiro extraordinario en los canales y formatos que habiliten las AFP hasta el 27 de abril de 2020.
Una vez recibida la solicitud, la AFP evaluará el cumplimiento de los requisitos y, de resultar procedente, comunicará al afiliado el desembolso del monto solicitado en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de recibida la solicitud.
En el caso de no resultar procedente, la AFP informará ello al afiliado en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, guardando constancia de la comunicación realizada.
Pagos
Los pagos se realizan en una armada hasta por 2,000 soles en abril.
En caso de que el saldo del fondo del afiliado sea menor a 2,000 soles, podrá retirar este monto íntegrido en abril.
La AFP es la responsable de disponer el medio idóneo para hacer efectivo el pago, dadas las condiciones de la emergencia. Para ello, las AFP podrán suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras a fin de facilitar el pago.

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