Empleadores Deben Registrar su CCI para Acceder al Subsidio

Empleadores deben contactar a Sunat para subsidio del 35 % de la planilla Vía internet para informar su Código de Cuenta Interbancaria.
Los empleadores del sector privado deberán comunicarse con la Sunat, vía internet para acceder al subsidio a las planillas que el gobierno ha establecido en el marco de la emergencia sanitaria para detener la pandemia del coronavirus.
Así lo establece la Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/Sunat publicada hoy en el diario oficial El Peruano, que precisa el plazo y modo en el que los empleadores del sector privado deben comunicar a la Sunat el código de cuenta interbancaria (CCI) para efectos del abono del subsidio.
El Presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció la semana pasada que el Gobierno dará un subsidio de 35 % de la planilla a las empresas por cada trabajador que gane hasta 1,500 soles.
Advertencia
El decreto señala de manera expresa que en caso de que el empleador no remita el CCI a la Sunat, el subsidio quedará sin efecto. De allí la importancia que los empleadores hagan el registro en el plazo y el modo que ha establecido la Sunat.
El procedimiento para registrar el CCI ha sido establecido en la Resolución de Superintendencia N° 064-2020/Sunat, publicado en las Normas Legales del diario El Peruano.
El registro demora pocos minutos y se puede realizar las 24 horas del día en Sunat Operaciones en Línea, ingresando con su código de usuario y clave SOL y seleccionando en el rubro Empresas la opción de Registro de CCI – Subsidio D. U. 033-2020.
El plazo para efectuar el registro es de siete (7) días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del Decreto de Urgencia N° 033-2020, es decir, hasta el 7 de abril.
El citado decreto encarga a la Sunat procesar la Planilla Electrónica de enero del 2020, a fin de determinar los empleadores y los montos que recibirán de subsidio. Esa información y la base de datos del CCI serán enviadas al Ministerio de Economía y Finanzas, para que luego el Banco de la Nación pague el subsidio.
También precisa que no están comprendidos en los alcances de este subsidio los empleadores que al 31 de diciembre del 2019 tengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020; o que estén en proceso concursal.
Tampoco aquellos empleadores de la Ley N° 30737, ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el presente decreto de urgencia.
Modo
El empleador debe comunicar el CCI a la Sunat a través de Sunat Operaciones en Línea, ingresando a dicho sistema con su código de usuario y clave SOL y ubicando la siguiente opción en el rubro Empresas: Registro de CCI – Subsidio D.U. 033-2020.
La norma lleva la rúbrica del Superintendente Nacional (e) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Luis Enrique Vera Castillo.
INGRESA AL SIGUIENTE LINK:
https://e-menu.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu/MenuInternet.htm
El próximo martes 7 de abril vencerá plazo para registrar CCI ante esta institución; de lo contrario, quedará sin efecto.

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