Con relación a la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia

con relación a la "prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia del coronavirus COVID-19", el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (Mtpe) precisa que el 1 de agosto pasado se inició el procedimiento de pago para los trabajadores y trabajadoras que cumplan con lo siguiente:

.Contar con una resolución aprobatoria de suspensión perfecta de labores, expresa o no emitida por la autoridad administrativa de trabajo




.Prestar servicios en una empresa que cuente con no más de cien trabajadores.
.Percibir una remuneración bruta mensual de hasta 2.400 soles.
.No haber solo beneficiario(a). así como ninguno de sus familiares inscritos en el registro Nacional de hogares, de los siguientes subsidios monetarios otorgados por el Gobierno: Bono Universal Familiar, Bono Quédate en casa, Bono Independiente y Bono Rural.

Para hacer efectiva la prestación económica, el trabajador o trabajadora debe registrar su solicitud en la ventanilla integral Virtual del Asegurado (VIVA) del Seguro Social de Salud (ESSALUD). por medio del siguiente enlace:
https://viva.essalud.gob.pe/viva/login

en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles se le realizará el abono correspondiente, ya sea en la cuenta bancaria o en la cuenta de dinero electrónico que haya autorizado.

Si desea saber el motivo por el cual no ha sido considerado como beneficiario(a) de la prestación económica, puede acceder al enlace:
http://mtpe.trabajo.gob.pe/consultabono/ , que se encuentra en la página web del MTPE.

Para cualquier consulta relacionada con la prestación económica, se puede llamar a la línea telefónica gratuita 0800-1-6872, de lunes a viernes, de 06:30 am a 09:00pm ó escribir a :
https://www.gob.pe/mtpe

Asimismo, con el objetivo de atender sus consultas, EsSalud ha puesto a disposición de los solicitantes los siguientes correos electrónicos:
subsidios@essalud.gop.pe y subsidiocovid@essalud.gop.pe

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