
¿Cómo se determinó a los hogares del segundo grupo de beneficiados con el Bono Familiar Universal?

La lista de hogares del segundo grupo de beneficiarios del Bono Familiar Universal fue elaborada en base al Registro Nacional de Hogares, gestionado por el RENIEC y que tuvo como insumo la información consignada por la ciudadanía.
Los criterios generales utilizados son:
Registrados en el nuevo padrón de hogares de más de 33 millones de personas, construido en base al Registro Nacional de Hogares.
No ser beneficiarios de bonos anteriores.
Ningún integrante debe estar en planilla pública o privada, según reportes del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente.
Ningún integrante debe tener un ingreso mensual superior a S/ 3000, de acuerdo a la información proporcionada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS).
¿El Bono Familiar Universal es por hogar?
Sí, el subsidio monetario es asignado al hogar. De acuerdo con criterios definidos previamente, se elige a un (01) integrante del hogar mayor de edad (llamado receptor o perceptor) que será la única persona autorizada para realizar el cobro. Recuerda que ningún bono es personal.
¿Considerarán a los extranjeros para este bono?
El Bono Familiar Universal es únicamente asignado a los hogares peruanos de acuerdo con los criterios especificados en el Decreto de Urgencia N.º 052 -2020.
¿Dónde presento mis quejas, reclamos o consultas? ¿Habrá correo para consultas o registrar casos? Llamo al 101 pero no responden
Comprendemos tu malestar, puede registrar su caso en el formulario: https://consultas.bonouniversalfamiliar.pe/. Tenga calma y espere la comunicación que se le brindará para solucionarlo.
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